REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE CONTROL DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

LOS TEQUES, 22 DE ABRIL DE 2.004
194° y 145°


DISPOSITIVA

Por las consideraciones antes indicadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: PRIMERO: Declarar con lugar la solicitud imposición de la medida cautelar solicitada por la Vindicta Pública al adolescente ______________, ampliamente identificado al comienzo de este acto ya que se le impone aunada a la solicitada por esta la prevista en el artículo 582 literales “c, d y f” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente la primera en la obligación de presentarse cada ocho (08) días, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a partir del viernes 23 de los corrientes; y la segunda; prohibición de salir fuera de jurisdicción de este Tribunal sin la autorización previa del mismo y prohibición de sostener cualquier tipo de trato y comunicación en forma directa o indirecta con el ciudadano MANUEL ANTONIO RODRÍGUEZ GONCALVEZ, todas hasta tanto culmine la investigación judicialmente. SEGUNDO: Se declara con lugar lo solicitado por la Defensa en beneficio de su defendido, por cuanto se acordaron medidas las cuales deben ser cumplidas en libertad. TERCERO: Con relación a los presuntos maltratos recibidos por el imputado por parte funcionarios policiales adscritos a la Policía del Estado Miranda Región Policial N° Uno, se ordena la expedición y remisión de copias certificadas de la presente audiencia, así como del Acta Policial que dio origen al presente acto, a la Fiscalía Duodécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines que realice las investigaciones que considere pertinentes. CUARTO: Remítase en su correspondiente oportunidad legal las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. QUINTO: Quedan notificadas las partes del presente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ

KENIA DEL CARMEN YÁNEZ
EL SECRETARIO


ELIAS SILVERIO ALEJOS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo acordado.

EL SECRETARIO


ELIAS SILVERIO ALEJOS



EXP. NRO. 1C-063/2004
KdelCY/ESA/yo*