REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 Ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano JOSE ALBERTO PEREZ ,de Nacionalidad venezolano , residenciado (s) en Calle Principal del Manguito 2 casa numero 17 Santa Lucía Estado Miranda , nacido (s) en fecha , de profesión u oficio , de estado civil soltero y titular (es) de la (s) cédula (s) de identidad Nro. 17.856.062 ,de Padres: MIREYA PEREZ ( V ) Y padre desconocido, la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinal 3° y 8° como es la presentación cada OCHO (08) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, previo la presentación de dos fiadores que en su conjunto acrediten la cantidad de CIEN (100) Unidades Tributarias, es decir CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS cada uno, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en tal sentido hasta tanto cumpla con la medida cautelar quedara recluido en la Comisaría del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda Región numero 05 Santa Teresa del Tuy . En tal sentido se ordena oficiar a la Comisaría respectiva para la reclusión del mismo en dicho recinto policial. Asimismo se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la fiscalia actuante cumplidas las medidas cautelares y transcurrido el lapso para interponer los recursos. El Tribunal se reserva el lapso contenido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal para la fundamentación de la decisión tomada en audiencia. Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal .Se declara cerrada la audiencia siendo las 04:00 horas de la tarde .-
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. FLOR COLMENARES
EL SECRETARIO
Abg. JOSE MORENO