REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL (RECTORIA)

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 25 de agosto de dos mil cuatro (2004).

194º Y 145º



Vista la diligencia suscrita en fecha 24 de Agosto de 2004 por la abogada MILAGROS C. GUZMAN M., en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta en fecha 12 y 19 de diciembre de 2001, contra la sentencia dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 27 de noviembre de 2001, en el expediente N° 04422 ( nomenclatura interna de ese extinto Juzgado); esta Superioridad homologa el mencionado desistimiento; y en este sentido, ordena la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, para que remita el mismo, al Tribunal de Sustanciación, Medicación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial y sede , que resulte seleccionado, previa distribución, a los fines que de ejecución en la presente causa. LIBRESE OFICIO Y REMITASE EXPEDIENTE.



HERMANN VASQUEZ FLORES.
JUEZ SUPERIOR.
ANA SOFIA D’ SOUSA
SECRETARIA

Nota: en la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

SECRETARIA.
HVF/ASD/JG.
Exp. 02 2072