REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 17 de agosto de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos GILMER JESÚS SIMANCAS SALCEDO y YESENIA MAGDALENA PEREZ LEICIAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.680.278 y 14.157.184 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado ejercicio José Salazar Marval inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.064, désele entrada en el libro de causas bajo el N° 24.507. Se admite cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la ley, en consecuencia, se ordena la notificación mediante boleta de la Fiscal XI del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, para que intervenga como parte de buena fe, dentro de los diez días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 131 en concordancia con el 133 ambos del Código de Procedimiento Civil. Librese boleta de notificación junto con copia certificada del escrito de solicitud y entréguese al Alguacil de este Tribunal a objeto de que practique la notificación ordenada.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HAS/icbc
Exp: 24.507
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 17 de agosto de 2004
194° y 145°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana Doctora NELIDA VILLORIA, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público, que por auto dictado en esta misma fecha, se ordeno librarle la presente boleta de notificación, a fin de hacer de su conocimiento, que por ante este tribunal cursa expediente signado con el N°24.507, con motivo de la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185-A, presentado por los ciudadanos GILMER JESÚS SIMANCAS SALCEDO y YESENIA MAGDALENA PEREZ LEICIAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.680.278 y 14.157.184 respectivamente, a fin de que actúe en el proceso como parte de buena fe, para lo cual se le conceden diez días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 131 ordinal 3° en concordancia con el 132 ambos del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pie en prueba de haber sido notificada.
EL JUEZ
HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA.
HJAS/icbc.
Exp. N° 24.507