REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dos (02) de agosto de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano GUSTAVO HUMBERTO CUEVAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 4.437.789, respecto de las bienhechurias construidas sobre un inmueble de su propiedad según consta de documento protocolizado por ante la oficina subalterna de registro del municipio autónomo Los Salias del estado Miranda, anotado bajo el No. 44, protocolo primero, tomo 05, en fecha 28 de octubre de 1.991, con una superficie aproximada de NOVECIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS DECÍMETROS CUDRADOS (970,52 Mts.2), cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado EDUARDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.672. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


EXP. Nro. 40.239
HJAS/fapa