REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 23 de agosto de 2004.-
194º y 145º
Vsita la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado FREDY DE LA CRUZ IBARRA., inscrito en el INPREABOGADO con el N°. 70.061, así como la Justificación promovida y evacuada ante este juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos RINA MARIA MARIA MESSORI PAVAROTTI y MARIA VIRGINIA PACHANO SANCHEZ, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA SUFICIENTE y BASTANTE a la solicitante ciudadana ROMERY TORRES JASPE, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad N°16.578.685, en la Sucesión del ciudadano RAMON ENRIQUE TORRES DELGADO, quien falleció en fecha 12 de octubre de 2003, en su carácter de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales de las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/jeniferB.
EXP 39.793