REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 23 de agosto de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por el abogado JUAN GONZALEZ, inscrito en el INPREABOGADO con el N° 76.160, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos GODOFREDO SALAZAR y GLADYS IRENE BELLO de RIVERO, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ROXANA MARGARITA PEREZ MENESES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-16.888.191, sobre las bienhechurias realizadas en un lote de terreno propiedad municipal, ubicado en la Comunidad Barrio Bolivar, Sector Los Vecinos, Escalera 2, Gran Colombia, Casa N° 61, jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Miranda, con una superficie aproximada de DOSCIENTOS CINUENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS (250,71 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
HJAS/ibc/jenifer**
Exp. No. 40333