REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, veintitrés (23) de agosto de dos mil cuatro (2004).-.
194º y 145º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada KATIUSCA DÍAZ HURTADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.596, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos AUGUSTO ANTONIO MANGARRE BARRIOS y LUIS CARLOS GARCIA, de nacionalidad venezolana y colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.462.229 y E-82.086.674, respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los solicitantes, ciudadanos LUIS EDUARDO ESCORCHE, ESTHER JOSEFINA ESCORCHA DE TOLEDO, JOSE DEL VALLE ESCORCHE y JOSEFINA ESCORCHES DE MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.544.958, V-4.283.042, V-3.433.795 y V-3.433.225, respectivamente, salvaguardando igualmente los derechos de los ciudadanos JOSE JESUS ESCORCHE y ESTRELLA ESCORCHE, así como del hijo de la premuerta ELIA JOSEFINA ESCORCHE, quien tiene por nombre “NESTOR ENRIQUE”, en la Sucesión del ciudadano JOSE JESUS ESCORCHA, quien falleció en fecha 16 de agosto de 2003, en su carácter de causahabientes de éste último; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA



LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA




EXP. N° 40.377
HJAS/ICBC/bd*