REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta (30) de agosto de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos MARIO JOSÉ CARDOZO ZAPATA y GEMMA MERALYS CARABALLO DE CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 6.870.851 y 11.563.741, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno del cual es co-propietario el ciudadano MARIO JOSÉ CARDOZO ZAPATA, constante de un área de QUINIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (520,34 m2) ubicado en la subida de El Calvario, San Pedro de los Altos, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JULIAN BLANCO PIÑERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.809. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.335
HJAS/fapa