REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta (30) de agosto de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana ELENA MERCEDES ARROYO DE GARCIA, donde consta la evacuación de testigos por el presentada ante el juzgado del municipio Acevedo de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración los ciudadanos JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ CASTRO y NEYDA YANET RODRIGUEZ ASCANIO, se ordena darle entrada en el libro de solicitudes bajo el N°. 40.355. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ELENA MERCEDES ARROYO DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No, 3.410.919, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno propiedad municipal ubicado en el caserío cupo, sector el chinchorro, casa N° 5, Parroquia Marizapa, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Miranda, con una superficie de CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (56 Mts.2) aproximadamente, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado MARIA SIMONA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.181. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.355
HJAS/fapa