REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta (30) de agosto de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana NILDA MARGARITA CAROSI CASTILLO, donde consta la evacuación de testigos por ella presentada ante el juzgado del municipio Brión de esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración las ciudadanas DERLIS YESENIA ROJAS APONTE y MARIA CRISTINA BORGES VILLAGRAN, se ordena darle entrada en el libro de solicitudes bajo el N°. 40.380. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana NILDA MARGARITA CAROSI CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No, 8.761.989, sobre las mejoras y bienhechurias, en un lote de terreno propiedad municipal ubicado en la calle el Mahomo del Municipio Buroz, el cual tiene una superficie aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (456 Mts.2), cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado GRACIELA TAVARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.625. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. Nro. 40.380
HJAS/fapa