REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 31 de agosto de 2004
194° y 145°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por la abogada CLAUDIA SILVA OROPEZA, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 31.680, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos ADELAIDA PEREZ de TRUJILLO y WILSON APOLINAR ZACARIAS FIGUEREDO, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LUIS JOSE SILVA CALDERON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-227.845, sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno de su propiedad, identificado con el N° 40 que forma parte de la Segunda Etapa de Construcción en el Plan General de la Urbanización Los Canales, con una superficie aproximada de SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (647 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones los promoventes, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
HJAS/ibc/jenifer**
Exp. No. 40406