REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 5 de agosto de 2004
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana ZAIDA JULIETA ECHEVERRIA DE MUÑOZ, donde consta la evacuación de testigos por ellos presentada ante el Juzgado del Municipio Plaza de esta misma Circunscripción Judicial, se ordena darle entrada en el libro de solicitudes bajo el N°. 40260. De una revisión de las mismas, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ZAIDA JULIETA ECHEVERRIA DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.373.240, sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno de propiedad municipal, ubicado en la Calle principal de Gacarapa, Casa N°11, Guarenas, Estado Miranda, con una superficie aproximada de SETENTA Y CUATRO METROS CON DIEZ CENTÍMETROS CUADRADOS (74,10 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al solicitante, redactadas por la abogada IRIS LAMEDA, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 65.073. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
HJAS/ibc/mcra**
Exp. No. 40260