REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, diecisiete (17) de Agosto de dos mil cuatro (2.004).

194° y 145°



Por cuanto fueron consignadas copias fotostáticas, este Tribunal en consecuencia ordena dar cumplimiento al auto de admisión de la demanda de fecha 10-05-04, en lo que respecta a la citación de la parte demandada. Líbrese compulsa.






LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI



EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. ALEJANDRO INFANTE


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.




EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. ALEJANDRO INFANTE




AO/magaly
Exp. Nro. 178-04











El suscrito Abg. ALEJANDRO INFANTE, Secretario Temporal del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 178-04, relacionado con el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA es seguido por la ciudadana NINOSKA MILAGROS RAMIREZ contra el ciudadano ROBIN RAFAEL VALBUENA RODRIGUEZ; las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Diecisiete (17) de Agosto de dos mil cuatro (2.004).



EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. ALEJANDRO INFANTE


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Diecisiete (17) de Agosto de dos mil cuatro (2.004).
194° y 145°
SE HACE SABER: al ciudadano ROBIN RAFAEL VALBUENA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 9.953.299, en su carácter de parte demandada en el Juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue en su contra la ciudadana NINOSKA MILAGROS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.584.522, que deberá comparecer ante este tribunal dentro de lo tres (03) días de Despacho siguientes a su ultima intimación, a fin de que acredite el pago de las cantidades descritas en el libelo de demanda, advirtiéndosele que si no acreditare dicho pago al ejecutante dentro del plazo señalado, se le apercibirá de ejecución. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la Intimación acordada, como prueba de haber sido Intimado.-


LA JUEZ,
Dra. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. ALEJANDRO INFANTE
AO/magaly
Exp. N° 178-04