REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Agosto del dos mil cuatro (2004).


194° y 145°


Por cuanto fueron consignados los fotostatos respectivos, désele cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 20 de Agosto de 2004. Cúmplase. Líbrese Boleta de Citación.-






LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI CH



EL SECRETARIO TEMP
ABG. ALEJANDRO INFANTE





AO/darma*
EXP. N° 173-04



















El suscrito ABG. ALEJANDRO INFANTE, Secretario Temporal del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan en el expediente N° 173-04. Relacionado con el juicio que por DESALOJO sigue el ciudadano HERNANDO HENAO SANCHEZ en Representación de la ciudadana MARIA ANGELICA BORGES HERNANDEZ contra el ciudadano EDGAR CHAPARRO las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Agosto de dos mil cuatro (2004).


EL SECRETARIO TEMP
ABG. ALEJANDRO INFANTE


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Agosto de dos mil cuatro (2004)

194° y 145°


SE HACE SABER: Al ciudadano EDGAR CHAPARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.546.364, y de este domicilio en su carácter de Arrendatario de un (01) inmueble o local para fines comerciales s/n, ubicado en la Avenida Bolívar, entre las calles 8 y 9 del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda. Se ha ordenado citarlo para que comparezca ante este tribunal dentro del Segundo (02) dia de despacho siguientes a la práctica de su citación, en el horario comprendido de 8:30 a.m, a 1:30 p.m, a fin de que de contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior. Se dará recibo al alguacil en prueba de haber sido citado.-





LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI


EL SECRETARIO TEMP
ABG. ALEJANDRO INFANTE

AO/darma*
EXP. N° 173-04