REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Nueve (09) de Agosto del año dos mil cuatro (2004)
194° y 145°.-
Vista la diligencia de fecha 02 de Agosto de 2004, suscrita por las abogadas ANTONIA HERVES y JASMINE FELIPE, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 30.097 y 60.101, en su carácter de autos, y la solicitud en la misma contenida, este Tribunal por cuanto observa que se encuentra vencido el lapso para que la parte perdidosa diera el cumplimiento voluntario de la obligación, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil decreta la EJECUCION FORZOSA del cumplimiento de la obligación.
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. ALEJANDRO INFANTE
AO/darma*
EXP N° 106-04