REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, nueve (09) de Agosto del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano ARGENIS RAMÓN ARTEAGA, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.812.282, asistido por la abogado en ejercicio, CARMEN JOSEFINA CAMACHO BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 58.991, de esta misma fecha, en la cual APELA, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 02-08-2004. Este tribunal NIEGA, dicha apelación por ser esta extemporánea, en virtud de que se encuentra vencido el lapso establecido N° 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En consecuencia librese oficio y remítase al Superior a los fines de la consulta obligatoria establecida en el mismo artículo.
CUMPLASE.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO TEMP.
ABG. ALEJANDRO INFANTE.
AO/eleana*
EXP. N°214-04.-
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, nueve (09) de Agosto del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vencidos como se encuentran los lapsos para que las partes ejercieran sus recursos contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha dos (02) de Agosto de dos mil cuatro (2004), en la Acción que por AMPARO CONSTITUCIONAL incoara el ciudadano ARGENIS RAMÓN ARTEAGA, contra la ASOCIACIÓN CIVIL “LINEA UNION PAZ DEL CONDUCTOR”, este Tribunal en consecuencia ordena remitir mediante oficio el presente expediente signado bajo el N° 214-04 al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y el Adolescente Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los fines de la consulta establecida en el Artículo 35 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
CÚMPLASE.-
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ALEJANDRO INFANTE.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. ALEJANDRO INFANTE.
AOCH/eleana
EXP N° 214-04.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
OCUMARE DEL TUY
Ocumare del Tuy, 09 de Agosto del 2004
194° y 145°
OFICIO N° 2004-314
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.-
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, y constante de ochenta y siete (87) folios útiles el presente expediente signado bajo el N° 214-04 (Nomenclatura de este Tribunal) contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL seguida por el ciudadano ARGENIS RAMÓN ARTEAGA, titular de la cédula de identidad N° V- 3.812.282 contra la ASOCIACIÓN CIVIL “LINEA UNION PAZ DEL CONDUCTOR”.
Remisión que se le hace a los fines de la consulta establecida en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI
AOCH/eleana
EXP N° 214-04