REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de agosto de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°
Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa y vista la anterior diligencia, estampada por el abogado ANGEL RAMON ZAMORA, en su carácter de autos, mediante la cual consigna fotostatos a los fines de librarse compulsa e igualmente solicita sea comisionado el Juzgado del Municipio autónomo Zamora de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de la práctica de la Citación de la parte intimada, este Tribunal acuerda dicho pedimento y en consecuencia, acuerda librar compulsa ordenada en auto de admisión de fecha 22 de junio de 2004, asimismo se ordena librar comisión al Juzgado del Municipio Autónomo Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y remitirla junto con oficio a dicho Tribunal, a los fines de que el Alguacil de ése Tribunal practique la citación de la parte intimada. Líbrese compulsa, comisión y oficio.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. MARIELA FUENMAYOR
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ
--En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ
VJGJ/lDamelis
EXP. N° 14550
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 17 de agosto del 2004.
194º y 145º
OFICIO Nº 0855-1393
CIUDADANO:
JUEZ DE MUNICIPIO AUTONOMO ZAMORA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted; a fin de remitirle anexo al presente oficio, comisión que se le ha sido conferida, a los fines de que se practique la citación de la parte intimada ciudadana DISNARDA ZOMAIRA ENRIQUEZ en el juicio que por INTIMACION sigue ANGEL RAMON ZAMORA según expediente Nº 14550. Estimándosele que una vez cumplida la misma se devuelva original con sus resultas.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
VJGJ/Damelis
Exp Nº 14550
Quien suscribe ABG. OMAIRA DIAZ, Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de su original que corren insertas en el Expediente signado con el Nº.14550, contentivo del Juicio que por INTIMACION sigue ante este Tribunal el ciudadano ANGEL RAMON ZAMORA contra la ciudadana DISNARDA ZOMAIRA ENRIQUEZ. Los cuales fueron autorizados por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta a las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diecisiete (17) de agosto de dos mil cuatro (2004).
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, diecisiete (17) de agosto de dos mil cuatro (2004). -
194º y 145º
SE HACE SABER: A la ciudadana DISNARDA ZOMAIRA ENRIQUEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Arnaldo Arocha, casa N° 46-15, Guatire, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N º 6.493.507, que en el Juicio que por INTIMACION sigue en su contra el ciudadano ANGEL RAMON ZAMORA, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho más un (01) día de término de distancia que se le concede siguientes a su intimación, a fin de que pague, acredite haber pagado o formule oposición a las cantidades descritas en el libelo de demanda. Se le advierte que de no comparecer en el término señalado, a su vencimiento se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. Y en caso de formular oposición se entenderá citada la parte para la contestación a la demanda, la cual tendrá lugar dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del lapso anterior, dentro de las horas destinas al Despacho de 8:30 a.m. a 1:30 p.m. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la Intimación acordada, como prueba de haber sido Intimado.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. MARIELA FUENMAYOR
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ
VJGJ/Damelis
Exp. Nº. 14550
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO AUTONOMO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN GUATIRE.-
SE HACE SABER:
Que en el Juicio que por INTIMACION sigue ante este Tribunal, el ciudadano ANGEL RAMON ZAMORA contra la ciudadana DISNARDA ZOMAIRA ENRIQUEZ, que se sustancia en el Expediente N°.14550, que por auto de esta misma fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, Usted., ha sido amplia y suficientemente comisionado para practicar la citación de la parte demandada, ciudadana DISNARDA ZOMAIRA ENRIQUEZ y a tal efecto se le remite la compulsa librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora abogado ANGEL RAMON ZAMORA, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.403.
Que la parte demandada no tiene apoderados judiciales debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma se servirá devolver la original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los diecisiete (17) días del mes de agosto del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. MARIELA FUENMAYOR
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. OMAIRA DIAZ
VJGJ/Damelis
Exp. Nº. 14550