REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de agosto de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º

Vistas las actuaciones que anteceden, y especialmente la autorización N° SM-Auto/2003, emanada por la Alcaldía del Municipio Zamora, del Estado Miranda, Sindicatura Municipal; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: PRADA JOSE DE JESUS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.523.781, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ TEMPORAL,
LA SECRETARIA,
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-

LA SECRETARIA,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
VJGJ/yza
Solicitud Nº 20.321