REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

Quien suscribe, Abogado OMAIRA DÍAZ DE SOLARES Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en el presente expediente signado con el N° 12.379, ante este Tribunal, con motivo del juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS, seguido por los ciudadanos LEONEL ANIBAL GONZÁLEZ MATUTE y SHIRLEY CAROLINA GRANDE CASAÑAS, cuyas actuaciones fueron autorizadas por la Juez Temporal de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, veinte (20) de agosto de dos mil cuatro (2004).


LA SECRETARIA ACC.,


ABOG. OMAIRA DÍAZ DE SOLARES















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinte (20) de agosto de dos mil cuatro (2004)

194° y 145°

Consignados como han sido los fotostatos correspondientes el Tribunal acuerda librar los oficios y las copias certificadas acordadas en el auto anterior, y por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, la Doctora MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS, en su carácter de Juez Temporal de este Despacho, tomó posesión formal del cargo, se avoca al conocimiento de la presente.

LA JUEZ TEMPORAL


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


ABOG. OMAIRA DÍAZ DE SOLARES

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


ABOG. OMAIRA DÍAZ DE SOLARES



MJFT/Eliana
Exp. N°12.379

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-

Los Teques, 20 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO Nº0855-
CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL DISTRITO CAPITAL
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de seis (06) folios útiles, copia certificada de la sentencia recaída en el juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS seguido ante este Tribunal por los ciudadanos: LEONEL ANIBAL GONZÁLEZ MATUTE y SHIRLEY CAROLINA GRANDE CASAÑAS; dictada en fecha 04 de junio de 2003, y en la cual se declaró con lugar la conversión en DIVORCIO y disuelto el vínculo matrimonial por ellos contraído en fecha 16 de agosto de 2000, según acta de matrimonio asentada bajo el Nº 200, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto que se sirva insertar la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 506 del Código Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/Eliana
Exp. Nº 12.379
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
Los Teques, 20 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO Nº.0855-
CIUDADANO:
PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA EL PARAISO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR.
SU DESPACHO
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de seis (06) folios, copia certificada de la sentencia recaída en el juicio de SEPARACIÓN DE CUERPOS seguido ante este Tribunal por los ciudadanos: LEONEL ANIBAL GONZÁLEZ MATUTE y SHIRLEY CAROLINA GRANDE CASAÑAS; dictada en fecha 04 de junio de 2003, y en la cual se declaró con lugar la conversión en DIVORCIO y disuelto el vinculo matrimonial por ellos contraído en fecha 16 de agosto de 2000, según acta de matrimonio asentada bajo el Nº 200, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto que se sirva insertar la sentencia ejecutada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 475 del Código Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/Eliana
Exp. Nº 12.379