REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

194º y 145º
Los Teques, 24 de agosto de2004

Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, la Doctora MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS, en su condición de Juez Temporal de este Despacho, tomo posesión formal de su cargo, se avoca al conocimiento de la presente causa.
Visto el escrito inserto al folio once (11) del presente expediente, suscrito por la ciudadana BLANCA MIRIHAN BARRERA PABON, en su carácter de parte demandada, asistida por la abogada ISA AMELIA DE JESUS RONDON, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.961 y el abogado JOSE ALVARO VALERO REINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.155, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana YANETH COROMOTO BARRERA, contentivo del convenimiento celebrado por ellos, este Tribunal por cuanto observa que el convenimiento es la renuncia que hace el demandado a las excepciones y defensas que ha opuesto, y acepta todo lo que pide la parte actora, este Tribunal en consecuencia imparte su aprobación y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado por las partes en los mismos términos expuestos por ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena el archivo del expediente. De igual modo, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, para los cual se autoriza a la Abg. OMAIRA DIAZ DE SOLARES, Secretaria Accidental de este Despacho para tal fin, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de sellos.- EXPIDANSE COPIAS CERTIFICADAS. CUMPLASE.-
LA JUEZ TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

NOTA : En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado, por cuanto faltan fotostatos para proveer

LA SECRETARIA ACC.


MJFT/Jenny
Exp Nº 14366