REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de agosto del año dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º

Por cuanto en fecha 03 de agosto de 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa y en virtud de que fueron consignados los fotostatos, certifíquense los mismos y líbrese la boleta respectiva, acordada en auto de admisión fecha 27 de julio de 2004.

LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES

MJFT/Damelis
Exp Nº 14612















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 25 de agosto de 2004
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la Dra. NELIDA VILLORIA MONTENEGRO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que en el Expediente signado con el Nº 14612, contentivo del Juicio que por Separación de Cuerpos siguen ante este Tribunal los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO BRITO BRICEÑO y DEINNY MARIA MACIA GUZMAN, se ha ordenado notificarle para que actúe en el procedimiento como parte de buena fe y exponga lo que crea pertinente. A tal fin se le anexa copia certificada del escrito de solicitud y del auto de admisión.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido notificada por el Alguacil del Tribunal.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

NOTIFICADA,
......................................
FECHA:.........................
LUGAR:.........................
HORA:..........................
MJFT/Damelis
Exp. Nº 14612
Anexo: lo indicado



La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente Nº 14612, contentivo de la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS seguido por los ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO BRITO BRICEÑO y DEINNY MARIA MACIA GUZMAN. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, veinticinco (25) de agosto del año dos mil cuatro (2004).-

LA SECRETARIA ACC.,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES