REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de agosto de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
---Vista la solicitud anterior, evácuese la Justificación promovida y con sus resultas el Tribunal proveerá por auto separado.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
---Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse DUARTE MENDOZA LEIDA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-5.104.028, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado acerca del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, contestó: PRIMERO: Si, lo conozco de vista, trato y comunicación, desde hace aproximadamente cuatro (4) años. SEGUNDO: Si se y me consta que es poseedor del terreno señalado en la solicitud y propietario de las bienhechurias allí construidas. TERCERO: Si se y me consta que el pagó todos los gastos, con dinero de su propiedad, CUARTO: Si se y me consta que invirtió en esa construcción la cantidad de 30.000.000,00 de bolívares. QUINTO: Si doy razón fundada, por que los conozco desde hace aproximadamente 4 años. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TEMPORAL

DRA. MARIELA FUENMAYOR
TESTIGO
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


-Seguidamente compareció ante este Tribunal una persona que bajo juramento legal dijo ser y llamarse LUZARDO PEREZ YARITZA MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad. No V-15.159.991, quien manifestó no tener impedimento alguno para declarar según la Ley de que fue impuesto. Interrogado por el Juez del contenido de los particulares a que se refiere la solicitud que encabeza las presentes actuaciones contesto: PRIMERO: Si, lo conozco, desde aproximadamente tres (3) años. SEGUNDO: Si se y me consta que es el propietario de las bienhechurias allí construídas . TERCERO: Si se y me consta, que todo lo pagó el. CUARTO: Si y me consta que por esa construcción pagó la cantidad de 30.000.000,00 de bolivares. QUINTO: Si doy razón fundada por que los conozco desde hace 3 años. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TEMPORAL,


DRA. MARIELA FUENMAYOR

TESTIGO




LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MF/yza
Solicitud N° 1949