REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 26 de agosto de dos mil cuatro.
194º y 145º
Vista la diligencia anterior, suscrita por el abogado JUAN MANUEL ROSAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita el avocamiento de la juez; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto en fecha 03 de los corrientes la DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T., tomó posesión del cargo como JUEZ TEMPORAL de este Tribunal, se avoca al conocimiento de la presente causa y ordena la notificación de la parte demandada del avocamiento, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.- LIBRESE BOLETA
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA D. DE SOLARES
NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado
LA SECRETARIA ACC.
MJFT/rosa*
Exp.Nº10311
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 26 de agosto de 2004
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana: RUTH ZULAY PADILLA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº13.598.934, parte actora en el juicio de DIVORCIO, seguido en contra del ciudadano: LUIS VENTURA FIGUERA, cual se sustancia en el expediente signado con el Nº10311, (nomenclatura de este Tribunal), que en fecha 03 de agosto 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, y en fecha de hoy me avoqué al conocimiento de la causa y se ordenó su notificación, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp. Nº10311