REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiséis (26) de agosto del dos mil cuatro.
194° y 145°
Consignados como han sido los fotostatos, certifíquense los mismos conforme a lo ordenado en el auto dictado en fecha 19 de agosto de 2004.
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/LISBETH
Exp N° 98-8075















La suscrita Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el Expediente Nº 98-8075, contentivo de la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS seguido por los ciudadanos BENILDE NETUMIA DE LA COROMOTO Y ALEXIS ROBERTO FUENTES. Los cuales fueron autorizados por la Jueza Temporal de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, veintiséis (26) de agosto del año dos mil cuatro (2004).-

LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES