REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de agosto de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Recibida como ha sido la presente demanda del sistema de distribución de causas, correspondiéndole a este Juzgado conocer la misma, presentada por la abogada NORAIDA VILLALTA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 98.453, en su carácter de Endosataria en Procuración al Cobro, este Tribunal ordena darle entrada en el Libro de Causas bajo el N° 14687, y agregar a los autos los recaudos consignados y por cuanto de las lectura efectuada al escrito libelar se observa que existe un error en el cálculo del derecho de comisión de un sexto por ciento (1/6%) sobre el valor del monto de la obligación, previsto en el ordinal 4° del artículo 456 del Código de Comercio, este Tribunal se abstiene de proveer sobre lo peticionado en el libelo de demanda, hasta tanto el accionante realice las correcciones a que hubiere lugar, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC.
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
EXP N° 14687
MJFT/Jenny.-