REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 30 de agosto de dos mil cuatro.

194º y 145º
Vista la diligencia anterior, suscrita por la abogada MARIBEL DOS RAMOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicita el avocamiento de la juez; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto en fecha 03 de los corrientes la DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T., tomó posesión del cargo como JUEZ TEMPORAL de este Tribunal, se avoca al conocimiento de la presente causa y ordena la notificación de la parte demandada del mismo, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.- LIBRENSE BOLETAS
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA ACC.

MJFT/rosa*
Exp.Nº12186




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 30 de agosto de 2004
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A los ciudadanos: LILIA MERCEDES ESPINOZA DE ADRIAN, CANDIDA ROSA ESPINOZA MANZO, PEDRO JOSE ESPINOZA MANZO, LUIS ALFREDO ESPINOZA PIÑERO, ODALIS ESPINOZA, ALICIA HORTENSIA ESPINOZA PIÑERO, JOSE ANTONIO ESPINOZA MANZO, LUIS ALFREDO ESPINOZA MANZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros.628.801, 622.314, 994.037, 11.035.797, 12.157.530, 12.879.797, 622.051 y 3.586.125, respectivamente, y/o cualquiera de sus apoderados judiciales abogados CARLOS GONZALEZ y ANTONIO SÁNCHEZ RUIZ, parte co-demandada en el juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, seguido en su contra por la ciudadana: CARMEN F. ESPINOZA DIAZ, cual se sustancia en el expediente signado con el Nº12186, (nomenclatura de este Tribunal), que en fecha 03 de agosto 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, y en fecha de hoy me avoqué al conocimiento de la causa y se ordenó su notificación, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.



Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp.Nº12186



























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, 30 de agosto de 2004
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los ciudadanos: LUIS ARTURO ESPINOZA MANZO, JUAN MANUEL ESPINOZA MANZO, CARMEN TERESA ESPINOZA DE DELGADO, SILSO JOSE ESPINOZA MANZO, JUAN JOSE ESPINOZA MANZO y LADISLAO ESPINOZA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.608.757, 264.987, 617.042, 3.123.972, 4.052.363 y 981.075, respectivamente, y/o su apoderado judicial abogado LUIS GERARDO TARAZONA CAMPOS, parte co-demandada en el juicio de PARTICIÓN DE HERENCIA, seguido en su contra por la ciudadana: CARMEN FRANCISCA ESPINOZA DIAZ, cual se sustancia en el expediente signado con el Nº12186, (nomenclatura de este Tribunal), que en fecha 03 de agosto 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, y en fecha de hoy me avoqué al conocimiento de la causa y se ordenó su notificación, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.





Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp.Nº12186