REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta y uno (31) de agosto de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, especialmente las diligencias suscritas en fechas 26 de julio y 19 de los corrientes, por el abogado en ejercicio MAXIMINO ANTONIO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 89.128. en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante las cuales solicita entre otras cosas, que se comisione al Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de esta Circunscripción Judicial, a los fines de practicar la notificación de la parte demandada, se acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia a los fines de practicar la notificación de la parte demandada, ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, se ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a quien se ordena librar despacho junto con oficio, adjuntándosele la boleta de notificación librada al efecto. Líbrese despacho junto con oficio, remítase al Tribunal comisionado y déjese constancia de lo actuado.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por TRANSITO sigue ante este Tribunal, el ciudadano EDWIN ALDEMAR GUALDRON RODRIGUEZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, que se sustancia en el Expediente No.13261, Ud., por auto de esta misma fecha ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación de la parte demandada, ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, al efecto se le remite la boleta de notificación librada.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de las mismas.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los abogados en ejercicio MAXIMINO ANTONIO ALVAREZ RENGIFO y MAYRA ALEJANDRA ALARCON CAMACHO, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 89.128 y 85.541, respectivamente22.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio INGRID ELENA OROZCO CALLES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 50.723
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) días del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/ag
Exp. Nº. 13261


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y
SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y boleta de notificación, librado en el Juicio que por TRANSITO sigue ante este Tribunal el ciudadano EDWIN ALDEMAR GUALDRON RODRIGUEZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA, que se sustancia en el Expediente No.13261, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual Ud., ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.

MJFT/ag
Exp. Nº. 13261