REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 31 de agosto de dos mil cuatro.

194º y 145º
Vista la diligencia anterior, suscrita por la abogada MIREYA EMPERATRIZ ALVAREZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita el avocamiento de la juez; se acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, por cuanto en fecha 03 de los corrientes la DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T., tomó posesión del cargo como JUEZ TEMPORAL de este Tribunal, se avoca al conocimiento de la presente causa y ordena la notificación de la parte actora del avocamiento, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.- LIBRESE BOLETA
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
LA SECRETARIA ACC.

ABG. OMAIRA D. DE SOLARES

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA ACC.

MJFT/rosa*
Exp.Nº13326







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana: DUNIA JOSEFINA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº8.972.002, y/o cualquiera de sus apoderados judiciales abogados NORA TERAN TORREALBA Y NELSON MARQUEZ, parte demandante en el juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, seguido en contra de la ciudadana: MIRNA COROMOTO CELLITTI G., el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº13326, (nomenclatura de este Tribunal), que en fecha 03 de agosto 2004, tomé posesión del cargo como Juez Temporal de este Despacho, y en fecha de hoy me avoqué al conocimiento de la causa y se ordenó su notificación, haciendo especial mención que una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente el de tres (03) días de despacho mencionados en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y una vez concluido dicho lapso, continuará la causa en su curso legal.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.

LA JUEZA TEMPORAL

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR T.
MJFT/rosa*
Exp. Nº13326