REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, treinta y uno (31) de agosto del año dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Vistos los escritos de pruebas presentados por las partes y agregados en fecha 25 de agosto de 2004, este Tribunal por cuanto observa que las pruebas en ellos contenidas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la prueba contenida en el Escrito presentado por los abogados en ejercicio JANETH GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente, en sus carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos CARMELO PEREZ TADINO, JOSE PEREZ TADINO, ENRIQUE PEREZ TADINO, JUANA PEREZ TADINO, SIDARTA PEREZ TADINO, NELSON PEREZ TADINO E IRMA PEREZ TADINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.070.933, V-2.996.776, V-3.666.019, V-4.590.330, V-4.679.486, V-3.666.018 y V-4.679.488 respectivamente, en su Capítulo I, referidas a las pruebas documentales, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a las pruebas contenidas en el Capítulo II, referida a las pruebas testimoniales, de los ciudadanos CARMEN TERESA FERNANDEZ FERNADEZ y NOEL CARDOZO FERNANDEZ el primero de los nombrados titular de la cédula de identidad Nº V-3.586.562, se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que le fijen oportunidad, con el objeto de que rindan declaraciones a los particulares que le serán formulados por la parte promovente. En cuanto a la testimonial del ciudadano ERNESTO ALFREDO PEREZ TADINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.140.135, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que le fije oportunidad, con el objeto de que rinda declaración a los particulares que le serán formulados por la parte promoverte. En cuanto al escrito de pruebas presentado por la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.569, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.483.970, parte demandada, en su Capitulo I, referidas a las pruebas documentales, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la pruebas contenidas en su Capitulo III, referida a las pruebas testimoniales, de los ciudadanos CARMEN TERESA FERNANDEZ FERNANDEZ y NOEL CARDOZO FERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.586.562 y V-11.144.574 respectivamente, se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de que le fijen oportunidad, con el objeto de que rindan declaraciones a los particulares que le serán formulados por la parte promovente. En cuanto a la testimonial del ciudadano ERNESTO ALFREDO PEREZ TADINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.140.135, se comisiona suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que le fije oportunidad, con el objeto de que rinda declaración a los particulares que le serán formulados por la parte promovente. En cuanto a la prueba contenida en el Capitulo IV, referente a la Prueba de Posiciones Juradas, al respecto este Tribunal DISPONE: Para la evacuación de esta probanza y de conformidad con lo establecido en el artículo 417 del Código de Procedimiento Civil, se comisiona al Juzgado del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Caucagua. En cuanto al escrito de pruebas presentado por el abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana SALOME PEREZ TADINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.099.978, parte actora, en su Titulo II, referidas a las pruebas documentales, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación o no en la definitiva. Líbrense comisiones y oficios, dejándose constancia de lo actuado.
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS
LA SECRETARIA ACC,
ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACC,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
MJFT/lisbeth
Exp Nº 14328


















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS


MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14328
Anexo: lo indicado.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
QUE:
En el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, los terceros opositores han promovido las testimoniales de los ciudadanos: CARMEN TER
ESA FERNANDEZ FERNADEZ Y NOEL CARDOZO FERNANDEZ, el primero de los nombrados titular de la cédula de identidad N° V-3.586.562.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarles oportunidad para que comparezcan ante ese despacho y declaren sobre los particulares que le serán formulados por la parte promovente.
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como su apoderado judicial al Abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.569.
Que los terceros opositores tienen sus apoderados judiciales a los abogados en ejercicio JANETT GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos en el mismo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) día del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14328
















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS


MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14328
Anexo: lo indicado.-



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EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
QUE:
En el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, los terceros opositores ha promovido la testimonial del ciudadano: ERNESTO ALFREDO PEREZ TADINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.140.135.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarle oportunidad para que comparezca ante ese despacho y declare sobre los particulares que le será formulado por la parte promovente.
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como su apoderado judicial al Abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.569.
Que los terceros opositores tienen sus apoderados judiciales a los abogados en ejercicio JANETT GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos en el mismo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) día del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES



MJFT/lisbeth
Exp. Nº 14328



















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EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS


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Exp. Nº 14328
Anexo: lo indicado.-



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EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DEL MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
QUE:
En el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, la parte demandada ha promovido las testimoniales de los ciudadanos: CARMEN TERESA FERNANDEZ FERNANDEZ Y NOEL CARDOZO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.586.562 y V-11.144.574 respectivamente.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarles oportunidad para que comparezcan ante ese despacho y declaren sobre los particulares que le serán formulados por la parte promovente.
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como su apoderado judicial al Abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.569.
Que los terceros opositores tienen sus apoderados judiciales a los abogados en ejercicio JANETT GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos en el mismo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) día del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

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Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

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Anexo: lo indicado.-



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EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
QUE:
En el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, la parte demandada ha promovido la testimonial del ciudadano: ERNESTO ALFREDO PEREZ TADINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.140.135.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarle oportunidad para que comparezca ante ese despacho y declare sobre los particulares que le será formulado por la parte promovente.
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como su apoderado judicial al Abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.569.
Que los terceros opositores tienen sus apoderados judiciales a los abogados en ejercicio JANETT GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos en el mismo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) día del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


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Los Teques, 31 de agosto de 2004
194º y 145º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DE MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, comisión en el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
LA JUEZA TEMPORAL,

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Anexo: lo indicado.-



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EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
HACE SABER AL:
JUZGADO DE MUNICIPIO ACEVEDO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
QUE:
En el Juicio que por NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL sigue ante este Tribunal el ciudadano SALOME PEREZ TADINO contra el ciudadano LUIS BLANCO, la parte demandada promovió, la PRUEBA DE POSICIONES JURADAS, del ciudadano SALOME PEREZ TADINO. Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 417 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la evacuación de las misma, en tal sentido deberá citar a la ciudadana SALOME PEREZ TADINO, para que comparezca ante ese despacho en la oportunidad que a bien tenga fijarle, a fin de que absuelva las posiciones juradas que les serán formuladas por la parte demandada promovente. De igual modo y en virtud de que la parte promovente se comprometió a absolverlas recíprocamente, deberá fijarle oportunidad para que las absuelva al ciudadano LUIS ENRIQUE BLANCO.
Que no han transcurrido ningún día del lapso de evacuación de pruebas, el cual es de treinta (30) días.
Que la parte actora tiene como su apoderado judicial al Abogado en ejercicio DAVID SALOMON PLAZA RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.774.
Que la parte demandada tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio CORNELIA R. RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.569.
Que los terceros opositores tienen sus apoderados judiciales a los abogados en ejercicio JANETT GIOCONDA MARQUEZ Y HECTOR MAURICIO BENAVIDES MARQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 22.370 y 101.878 respectivamente.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos en el mismo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los treinta y un (31) día del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL,


DRA. MARIELA J. FUENMAYOR TROCONIS

LA SECRETARIA ACC,


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Exp. Nº 14328