REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.-


Ocumare del Tuy, 21 de Agosto del 2004.
194º y 145º


AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN EXP. L- 713/04


JUEZ TEMPORAL DEL MUNICIPIO LANDER: Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: DRA. MARY LUZ GRATEROL (FISCAL 17° ENCARGADA DEL MINISTERIO PÚBLICO).

ADOLESCENTE INVESTIGADO: IDENTITIDAD OMITIDA.-

DEFENSOR PUBLICO: Dr., JOSÉ GREGORIO FERRER HERNÁNDEZ.-

VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.-

SECRETARIA Abg., MARIA ALEJANDRA ORTA MERCHAN.-

En el día de hoy, Sábado Veintiuno (21) de Agosto del 2004, siendo la 11:50 am., día y hora fijado por este Tribunal Del Municipio Lander, para que tenga Lugar la Audiencia de la Presentación del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Indocumentado.-

Preside este acto el Juez Temporal del Municipio Lander Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS, quien solicita a la ciudadana Secretaria, verifique la presencia de las partes en la sala de Audiencias del Tribunal. Se deja constancia que se encuentran presentes, la Fiscal 17º Encargada del Ministerio Público, Dra. MARY LUZ GRATEROL; El Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad Venezolano, de 16 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el día 05/07/1988, de profesión u oficio Estudiante de Segundo Año de la Misión Ribas, en Cartanal, en la Casa Cultural Alí Primera, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, hijo de ANA VICTORIA MENDEZ (V) y JACINTO ANTONIO BOLIVAR (V), domiciliado en Cartanal, Sector 06, calle 08, casa N° 22, Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, Indocumentado.- Se deja expresa constancia que no se encuentra presente en este acto el representante legal del adolescente antes mencionado; El Defensor Público Dr., JOSE GREGORIO FERRER HERNÁNDEZ.- Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público, Dra., MARY LUZ GRATEROL, quien expuso: “Siendo la oportunidad establecida en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Ministerio Público presenta ante este Tribunal al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, 16 años de edad, Indocumentado, quien fue aprehendido en fecha 19/08/04, por funcionarios adscritos a la Policía Municipal de Santa Teresa del Tuy, en el sector 01, calle 24 de Cartanal, Santa Teresa del Tuy, quienes al practicarle la inspección personal le incautaron en la pretina del chors cinco (05) envoltorio de presunta droga, la cual se encuentra descrita en la cadena de custodia, encuadrando la conducta desplegada por el adolescente en la precalificación de POSECION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, solicito que el adolescente sea oído conforme al artículo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pido la aplicación de la medida cautelar del artículo 558 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el PROCEDIMIENTO ORDINARIO para lo cual le hago entrega del oficio FMP-17-1074-04, para el correspondiente examen toxicológico in vivo a practicarse en la Medicatura Forense de Bello Monte, Caracas. Solicito la exhibición de la sustancia incautada para dar cumplimiento a la Jurisprudencia de fecha 04/11/02, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, ponencia del Magistrado Antonio Garcia Garcia. Es Todo.”.- Acto seguido el Tribunal, le cede el Derecho de palabra al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, a quien le fue leído el artículo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso: “Yo iba bajando con unos panes y me encontraron la droga, yo soy consumidor. Es Todo.”.-Seguidamente se le cede la palabra a la Defensora Público, quien expuso: “Vista que mi defendido se declara consumidor, tomando en cuenta que no le incautaron ningún otro tipo de indicio, como dinero, empaque o balanza, que haga presumir que esta incurso en el delito de Ocultamiento o Trafico, tomando en cuenta también que la referida sustancia incautada aún no se le ha realizado las experticias botánicas, para saber la cantidad y calidad de su contenido, esta defensa solicita en virtud a lo antes planteado, ya que la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas , en su artículo 75 considera a los adictos como enfermos y no como delincuentes es que pido la Libertad Inmediata y la aplicación del Literal C del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, oponiéndome a la solicitud fiscal de acuerdo al artículo 2, Tercer Aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, donde establece la presunción de adolescencia. Es Todo.” Oídas las exposiciones, del Representante del Ministerio Público, del Adolescente y la exposición del Defensor Público, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Juzgador, se ordena el PROCEDIMIENTO ORDINARIO en cuanto a la declaración del adolescente, donde el mismo se declara consumidor de estos restos vegetales de presunta droga, hasta tanto no se tenga un resultado de la experticia, este Juzgador se exime de tener un criterio cierto sobre tal evidencia presentadito la por lo tanto tomando el principio de presunción de inocencia, el de ser juzgado por un delito tipificado en algún texto legal, este Juzgado toma los argumentos esgrimido por la defensa, ordena la medida cautelar contenida en el artículo 582 literal C de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esto es la presentación ante el Tribunal del Municipio Independencia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, donde se presentará con su representante legal con sus debida documentación. Y siendo las 12:20 pm., concluyó el acto.” Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ.,

Dr., GUIILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS


EL ADOLESCENTE.,

IDENTIDAD OMITIDA


EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO.,

Dra., MARY LUZ GRATEROL


EL DEFENSORA PUBLICO.,

Dr., JOSÉ GREGORIO FERRER HERNÁNDEZ


LA SECRETARIA.,


Abg., MARIA ALEJANDRA ORTA MERCHAN.





EXP. L- 713/04
GFCV/MAOM/yely.-