REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda calificar como flagrantes los hechos sometidos al conocimiento de este Tribunal de conformidad al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto el Fiscal del Ministerio Público ha solicitado la aplicación del procedimiento ordinario, se acuerda de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda imponer a los imputados SERRANO JESUS RAFAEL y HERRERA ROMERO CARLOS YOSMAR, plenamente identificados en autos las medidas cautelares sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 2°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Los mencionados imputados permanecerán recluidos en el Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, hasta tanto den cumplimiento a la medida acordada, para la cual se fija un plazo de cinco (05) días, transcurrido dicho lapso se ordenará su traslado al Internado Judicial de Los Teques, donde permanecerán a la orden de este Tribunal.
CUARTO: Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal correspondiente.
Regístrese, publíquese, diarícese.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA La Secretaria
HILDA OROPEZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
Causa N° 2C-37329-04
RAO/HO/angela.-