REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2
EXP. 2C_00056/04
EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: DR. ERRIQUE MARTINEZ
IMPUTADO: CARLOS AYTHON RODRIGUEZ CEBALLO
DEFENSA PUBLICA: DRA. CAROLINA HERNANDEZ
SECRETARIA: ABG. ANA ORIHUELA.
En el día de hoy Veintisiete (27) de Agosto del 2.004 siendo las 04:45 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente la Juez Segunda (2°) de Control, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA la Secretaria ABG. ANA ORIHUELA, el Fiscal Auxiliar Octavo (08°) del Ministerio Público del Estado Miranda, DR. ENRIQUE MARTINEZ, la Defensa Privada DRA. Carolina Hernández, el investigado CARLOS AYTHON RODRIGUEZ CEBALLO, venezolano, natural de Nueva Esparta, soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.506.382, residenciado en Caucagua Calle El Recreo casa N° 75, Estado Miranda. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos como posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas prevista y sancionada en el artículo 36 de la Ley sobre, igualmente solicito se tratamiento medico de conformidad con el ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal. En éste estado la ciudadana Juez impone al ciudadano del precepto constitucional manifestando el imputado su voluntad de declarar, quien expuso: “Yo soy consumidor, no me declaro una victima por el acto cometido, yo hago esto desde que tenia 18 años quise desenvolverme en otro ámbito, pero tampoco me considero una persona no grata para la sociedad, no hago eso siempre”. En este estado la Juez le da la palabra a la defensa quien expuso: “solicito que se aplique el ordinal 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal oídas las partes pasa en nombre de la República y por Autoridad de la ley a emitir el siguiente pronunciamiento:
1.-Se ordena que la presente causa se siga por el procedimiento Ordinario de acuerdo al artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal y siguientes.
2.- Impone al ciudadano CARLOS AYTHON RODRIGUEZ CEBALLO Medida Cautelar Sustitutiva prevista en el ordinal 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que reciba tratamiento de desintoxicación para abandonar sustancia estupefacientes. Es todo. Se Leyó y Conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 04:50 horas de la tarde.
LA JUEZ
DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
EL FISCAL 8vo DEL M.P.,
DRA. ENRIQUE MARTINEZ
LA DEFENSORA
DRA. CAROLINA HERNANDEZ
EL IMPUTADO
CARLOS AYTHON RODRIGUEZ CEBALLO
LA SECRETARIA,
ABG. ANA ORIHUELA
ACT N° 2C00056
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