REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2

EXP. 2C_00075/04
EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: DRA. JUANA VIESAY D´ELIAS
IMPUTADO: HERNANDEZ ENDER
DEFENSA PÚBLICA: DRA. SUSAN FERREIRA
SECRETARIA: ABG. ANA ORIHUELA.

En el día de hoy Veintiocho (28) de Agosto del 2.004 siendo las 10:00 AM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente la Juez Segunda (2°) de Control, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA la Secretaria ABG. ANA ORIHUELA, el Fiscal Cuarta (04°) del Ministerio Público del Estado Miranda, DRA. JUANA VIESAY D´ELIAS, la Defensa Pública, DRA. SUSAN FERREIRA, el investigado HERNANDEZ ENDER RAFAEL, Venezolano, natural de Guarenas, soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-17.118.402, residenciado en Ruiz Pineda parte alta, Vista Alegre, casa 01, Guarenas, Estado Miranda. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos como Aprovechamiento de las cosas provenientes del Delito prevista y sancionada en el artículo 472 del Código Penal, solicito Medida Cautelar específicamente las establecidas en los ordinales 3°, 6° y 8° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo solicito que la presente investigación se siga por el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. En este estado la ciudadana Juez impone a los imputados del precepto constitucional contenido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución Republica Bolivariana de Venezuela, quien manifestó su deseo de rendir declaración, quien expuso: “Yo había llegado como a las cuando venia bajando de la casa de mi novia y como venia de cobrar en eso una señora dijo que la bicicleta era de ella y yo se la entregue para que ella viera que no me la había robado”. En este estado la Juez le da la palabra a la defensa, quien expuso: “Solicito Libertad Sin Restricciones tal como se desprende de las actuaciones señala que no había robado la bicicleta y cuando la señora le dice que la bicicleta era de ella él se la devuelve, por cuanto solicito la Libertad Plena de mi defendido.” Este Tribunal oídas las partes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Oídas las partes este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:

1.- Se siga la presente investigación de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal penal.
2.-Se decreta la libertad sin restricciones del ciudadano HERNANDEZ HENDER RAFAEL, por no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que su conducta encuadra dentro de la falta prevista en el articulo 541 del Código Penal y no dentro del artículo 472 del mismo código que señala el delito de aprovechamiento de las cosas provenientes del delito. Líbrense boletas de libertad. Es todo. Se Leyó y Conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 03:50 horas de la tarde.
LA JUEZ

DRA. ITALA DUARTE ORTEGA

LA FISCAL 4to DEL M.P.,



LA DEFENSORA



EL IMPUTADO




LA SECRETARIA,

ABG. ANA ORIHUELA


ACT N° 2C00075/04