REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 2
EXP. 2C_00077/04
EL JUEZ: DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
FISCAL: DRA. ENRIQUE MARTINEZ
IMPUTADO: FERNANDEZ FERNANDEZ JOSE ANTONIO
DEFENSA PÚBLICA: DRA. SUSAN FERREIRA
SECRETARIA: ABG. ANA ORIHUELA.
En el día de hoy Veintiocho (28) de Agosto del 2.004 siendo las 04:00 PM, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Oral en la presente causa, estando presente la Juez Segunda (2°) de Control, DRA. ITALA DUARTE ORTEGA la Secretaria ABG. ANA ORIHUELA, el Fiscal Octavo (08°) del Ministerio Público del Estado Miranda, DR. ENRIQUE MARTINEZ, la Defensa Pública, DRA. SUSAN FERREIRA, el investigado FERNANDEZ FERNANDEZ JOSE ANTONIO, Venezolano, natural de Caucagua, soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.568.478, residenciado en Rio Negro, casa N° 15, Carretera Nacional Caucagua-Higuerote, Estado Miranda. El Juez dio inicio al acto y concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien narro los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos como Porte Ilícito de Arma de Fuego previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, solicito Medida Cautelar específicamente las establecidas en el ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo solicito que la presente investigación se siga por el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. En este estado la ciudadana Juez impone a los imputados del precepto constitucional contenido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución Republica Bolivariana de Venezuela, quien manifestó su deseo de rendir declaración, quien expuso: “Yo no había nada en el la casa y salí a buscar unos alimentos para los niños en eso salí y la policía me agarro”. En este estado la Juez le da la palabra a la defensa, quien expuso: “Solicito Libertad Sin Restricciones, por cuanto mi defendido salio a cazar alguna presa para comer cuando lo detuvo la policía, mi defendido es propietario de la escopeta por cuanto consigno copia simple de la factura de compra del arma de fuego y presento en esta sala el permiso de porte, es por lo que solicito la Libertad sin Restricciones a mi defendido”.
Este Tribunal oídas las partes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Oídas las partes este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Acuerda la Libertad Plena e Inmediata del ciudadano JOSE ANTONIO FERNANDEZ, en virtud de que el prenombrado ciudadano presento factura de compra del arma y el permiso para usar la misma para cazar expedido en fecha 03-03-1997, expedido por el extinto Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales.
2.-Se ordena a la Fiscalia Octava (08) del Ministerio Público una vez practicada la experticia al arma de fuego entregue la misma al legitimo propietario de conformidad con lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense boletas de libertad. Es todo. Se Leyó y Conformes Firman. Concluyéndose la presente audiencia a las 04:30 horas de la tarde.
LA JUEZ
DRA. ITALA DUARTE ORTEGA
LA FISCAL 8vo DEL M.P.,
LA DEFENSORA
EL IMPUTADO
LA SECRETARIA,
ABG. ANA ORIHUELA
ACT N° 2C00077/04
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