REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO.-

Guarenas, 11 de Agosto de 2004.-
193° y 144°
Identificación de las partes:
Imputado: GONZALEZ FLORENCIO.
Fiscalía 6to del Ministerio Público.
Defensora Pública: DRA. YISEL SOAREZ PADRON.

PRIMERO: En fecha 30-05-04, este Juzgado realizó audiencia para oír al imputado, mediante la cual el Fiscal del Ministerio Público, solicito que el procedimiento se siguiera por la vía del procedimiento ordinario, precalifico los hechos por el delito de LESIONES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, se les decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal.-

SEGUNDO: En fecha 27-05-04, este Juzgado en virtud de haber transcurrido más de seis meses y vista la solicitud interpuesta por la Defensora , acordó Notificar al Ministerio Público para que emitiera el Acto Conclusivo a que hubiere lugar todo de conformidad con lo establecido en el artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal Derogado, en relación con el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.-

TERCERO: En fecha 07-06-04, se recibió la resulta de la Notificación al Ministerio Público no emitiendo Acto conclusivo alguno, en el lapso legal de Treinta Días.

De lo anteriormente narrado se puede observar lo siguiente:

El artículo 321 del Código Orgánico Procesal Penal derogado:
“El Ministerio Público procurará dar termino al procedimiento preparatorio con la diligencia que el caso requiera…”

El artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente:
“La presente ley se aplicará desde su entrada en vigencia aún para los procesos que se hallaran en curso y para los hechos punibles cometidos con anterioridad…En caso contrario se aplicará el Código anterior”.



El artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal vigente:
“Cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar el Ministerio Público decretará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción…. Cesará toda Medida Cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerda el archivo…..”




DISPOSITIVA


Por los razonamientos expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funcionares de Control de este Circuito Judicial Penal, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, de la causa seguida en contra del ciudadano GONZALEZ FLORENCIO y por consiguiente, el CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, impuesta en fecha 30-05-01, de conformidad con lo establecido en los artículos 321 del Código Orgánico Procesal derogado en relación con los artículos 313, 314 y 553 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese notifíquese a las partes de la presente decisión.-


JLGL.JJPC.
4C-5578-01.-