REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL


GUARENAS, 23 DE AGOSTO DE 2004.
193 Y 144



JUEZ: DR. JORGE LUIS GAVIARIA LINARES.
SECRETARIA: ABG. JESSICA J. PEREIRA CASTILLO.
FISCALIA SEXTA: DR. ERNESTO EREBRIE.
DEFENSA PÚBLICA PENAL: DRA. YISEL SOAREZ.
IMPUTADO: LOPEZ SERRANO WILADIMIR ANTONIO.

Siendo El día y hora fijados por este Tribunal, para que se lleve a cabo la Audiencia entre las Partes, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, se verifica la presencia de las partes, y se da inicio al acto. La Juez le cede la Palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público DR. ERNESTO EREBRIE quien Expone: “ Fijada como ha sido por este Tribunal la presente Audiencia a los fines de que este Representación Fiscal emita el Acto Conclusivo a que hubiere lugar en virtud de haber transcurrido más seis meses de la Individualización del imputado, esta Representación Fiscal muy respetuosamente solicita al tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal la Prórroga de treinta (30) días para la presentación de la acusación o solicitar el Sobreseimiento en la presente causa. Es todo. Acto seguido le es cedida la palabra al Defensor, DRA. YISEL SOAREZ en representación del ciudadano LOPEZ SERRANO WLADIMIR ANTONIO quien expone:” Solicito al Ministerio Público en vista de que ha transcurrido mucho más del lapso establecido para la fase de investigación, dicte el acto Conclusivo correspondiente, no tengo objeción a que se acuerde la Prórroga solicitada,. Es todo. Luego de escuchadas a cada una de las partes este Tribunal Cuarto de Primera Instancia con Funciones de Control Hace el siguiente Pronunciamiento: Acuerda con lugar la Prórroga solicitada por el Ministerio Público de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que emita el Acto Conclusivo a que hubiere lugar, y en caso de que no se presente el acto Conclusivo en el lapso fijado se Decretara el Archivo de las Actuaciones todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del mencionado artículo. ES TODO TERMINO SE LEYO Y CONFORMES FIRMAN.

EL JUEZ CUARTO DE CONTROL,

DR. JORGE LUIS GAVIRIA LINARES

LA DEFENSA,

EL IMPUTADO,


EL FISCAL,

LA SECRETARIA,


4C18063-02.-