REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, tres de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : MP21-P-2004-001623


ACTA DE AUDIENCIA ORAL


JUEZ: CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES
FISCAL: KAREN PEREZ PARADA
IMPUTADO: ARGENIO SILVANO GIL
DEFENSA: MICHELL TATIANA SARMIENTO
VICTIMA: DANIA ALEXANDRA TORRES MENESES
SECRETARIO(A): ABG.YOLEXIS K. URBINA MARTINEZ


En el día de hoy, 3 de Agosto de 2004, siendo las 12:30 pm hora fijada para que tenga lugar Audiencia Oral dada por este Tribunal Primero de Control, en el caso que se sigue contra el investigado ARGENIO SILVANO GIL, por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas. El Juez CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES, dio inicio a la misma requiriendo de la secretaria la verificación de la presencia de las partes y le informó que se encuentran presentes todas las partes. Seguidamente cedió la palabra al Fiscal quien narró los hechos que dieron lugar a la presentación del imputado ante el Tribunal y precalifico los hechos que dieron lugar a la aprehensión como el delito de Lesiones Graves previsto y sancionado en el articulo 417 del Código Penal y solicito la Imposición de la Medida CAutelar Sutitutiva de Libertad conforme a lo establecido en el articulo 256 ordinales 3°, 5° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal y la aplicación lde procedimiento ordinario, todo lo cual fundamentó en su exposición verbal y en las actas que previamente consignó. Culminada la exposición del Ministerio Fiscal, el Juez le leyó al imputado sus derechos procesales, y asimismo le impuso de la imputación fiscal y del Precepto Constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del contenido del articulo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal penal. El imputado manifestó su deseo de Declarar, y facilitó al Tribunal sus datos de identificación personal de la siguiente manera: Nombre y Apellidos: ARGENIO SILVANO GIL, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en la Carretera Cua Tacata, sector Piñango, casa sin nro, cerca de la Bodega el Guamacho, Municipio Urdaneta, Cua, Estado Miranda, nacido en fecha 30-08-78, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 15.224.124, de Padres: Angel Ricardo Medina (v) Anastacia Gil (f) y expuso que reconoce tiene culpa de la agresión al niño, es todo. .Seguidamente se le concede la palabra a la victima: ciudadana Torres Meneses Dania Alexandra y expuso que reconoce que tambien tiene culpa de las lesiones del niño, que el nunca la habia agredido y que lo hizo porque estavba nervioso, estaban discutiendo, sin darse golpes. Seguidamente la Jueza cedió la palabra a la Defensa, representada por la Dra Michel Tatiana Sarmiento quien narro brevemente sus alegatos solicitando: lalibertad plena y la aplicación del procedimiento ordinario .Todo lo cual fundamentó en su exposición verbal. Oídas las partes, el juez anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal considera procedente que se continúen la investigaciones por los tramites del procedimiento ordinario por cuanto estima que aun existen actuaciones que practicar para el esclarecimiento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 373 Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 283 ejusdem; igualmente considera que lo procedente es Decreta la Libertad plena del ciudadano ARGENIO SILVANO GIL. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: la Libertad PLena e inmediata al ciudadano ARGENIO SILVANO GIL, de Nacionalidad Venezolana, residenciado en la Carretera Cua Tacata, sector Piñango, casa sin nro, cerca de la Bodega el Guamacho, Municipio Urdaneta, Cua, Estado Miranda, nacido en fecha 30-08-78, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 15.224.124, de Padres: Angel Ricardo Medina (v) Anastacia Gil (f). Librese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Quedan notificadas las partes. Se declara cerrada la audiencia.
El Juez


CARLOS EDUARDO BOLÍVAR FUNES

LA FISCAL

LA VICTIMA

LA DEFENSA

EL IMPUTADO

LA SECRETARIA

ABG. YOELXSI K. URBINA MARTINEZ