REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Oída la exposición de las partes, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acoge la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico y de las Defensa Privada en cuanto a la prosecución del hecho por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge a la precalificación Jurídica realizada por el Fiscal 7mo. del Ministerio Publico en lo que se refiere a la comisión del delito de Robo Impropio, previsto y sancionado en articulo 458 del Código Penal concatenado con el articulo 83 del mismo texto legal, por considerar este juzgador que las circunstancia de tipo y modo de los hechos están encuadrado en este tipo penal. TERCERO: Se le impone a los investigados EDUARDO FLORES SERRANO, venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Pastelero, nacido: 17 de Diciembre de 1977, Edad: 27 años, Natural de Caracas, Distrito Capital y portador de la Cédula de Identidad N° V-12.615.119, Residenciado en: Chaparral, Bajada Los Fiat, Calle Principal, Casa Sin Numero, Ocumare del Tuy. Estado Miranda, hijo de Leonisa Serrano (V) y Felix Flores (V); CARLOS ALEXIS MIJARES, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, nacido el 02 de Febrero de 1972, Natural de Caracas, Distrito Capital, Edad: 32 años y portador de la Cédula de Identidad N° V-11.368.156, Residenciado en: Barrio Simón Bolívar, Sector El Saman, Santa Bárbara, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, hijo de Venilda Morales (V) y Andrés Mijares (V) y JHONNY BONIFACIO PINTO MORALES, nacionalidad venezolano, estado Civil: soltero, de profesión u oficio: Obrero, nacido el 16 de Noviembre de 1965, Natural de Caracas, Distrito Capital, Edad: 28 años y portador de la Cédula de Identidad N° V-12.298.693, Residenciado en: Santa Bárbara, Barrio Simón Bolívar, Sector El Saman, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, hijo de Venilda Morales (V) y Pinto Bonifacio (V) la Medida Sustitutiva de Libertad, previstas en el articulo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, Ordinal 3°: La presentación cada OCHO (08) días por un lapso de SEIS (06) Meses ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal . Así mismo y se aparta de la solicitud realizada por el Fiscal 7mo. Del Ministerio Publico en lo que se refiere a la medida privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°; articulo 251 ordinales 2° y 3° y articulo 252 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que no están llenos los extremos legales. CUARTO: Se ordena librar Boleta de Excarcelación para todos los imputados. QUINTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la fiscalia de origen a los fines de que continue con las investigaciones. Se cierra el acta siendo las 4:30 horas de la tarde. Las partes presentes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, termino, se leyó y conformes firman las partes presente.