REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DE LA IMPUTADA ISMARELIS GRISELDA HERNANDEZ TROLLA, de nacionalidad Venezolana, de 21 años de edad, natural de Caracas, fecha de nacimiento 18/07/83, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de SAIDA ARACELIS TROYA y PEDRE ISMAEL HERNANDEZ, residenciado en Quebrada de Cua, Calle Samán Casa N 42 y titular de la Cédula de Identidad No V- 16.668.654, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la ROBO ARREBATON, previsto en el artículo 458 Único Aparte del Código Penal Vigente. Pero se le impone de las medidas contempladas en los ordinales 3° y 6° artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Explicadas en el texto de la motiva. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Expídase la correspondiente Boleta de Excarcelación.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL (T),
DRA. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.