REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: oídas las partes se declara con lugar la solicitud hecha por la Fiscal del Ministerio Publico y se acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el articulo 280 y tercer aparte del articulo 373, declara sin lugar la solicitud presentada por el Fiscal del Ministerio Publico en cuanto a que el ciudadano fue detenido posteriormente a los hechos no fue detenido a través de una orden judicial lo que significa que faltan muchas cosas que aclarar en las actas que rielan el presente asunto, se acuerda LA LIBERTAD PLENA del imputado JOSE ANTONIO CADIZ LAVARTE en virtud de que no existen suficientes elementos de convicción. Librese la correspondiente Boleta de Excarcelación y remítase en su oportunidad legal las presentes actuaciones a la fiscalia de origen, se cierra la presente acta siendo las 12:32 PM. Se declara cerrada la audiencia.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
DRA. ROSALBA MUÑOZ FIALLO