REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Revisadas como han sido las presentes actuaciones se observa. PRIMERO: que al folio trescientos cincuenta y uno (351) al trescientos sesenta (360) de la tercera pieza de la presente causa, riela decisión de fecha 11 de Junio de 2004, de la Corte de Apelaciones de este mismo Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques, mediante el cual REVOCA las Medidas Cautelares Sustitutivas de la medida de coerción personal dictada, prevista en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y en su lugar se ordena la Privación Preventiva de Libertad, conforme a la Previsiones de los articulos 250 y 251 del Código Adjetivo a los acusados JESUS DE NAZARAETH MARTINEZ CORDERO Y LENIN JESUS FIGUERA FIGUEROA, librandose las ordenes de captura y su reclusión en el Centro penitenciario de Yare I, quedando a la orden del Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda. Extensión Valles del tuy. SEGUNDO:que a los folios trascientos sesenta y uno (361) coore inserto oficio N°578 dirigido al Jefe de Captura del Cuerpo de Investigaciones; cientificas, Penales y Criminalisticas. TERCERO: al folio trescientos sesenta y dos (362) cursa Boleta de Encarcelación N°13 dirigida al Director del Centro Penitenciario Región CApital Yare I en donde se especifica que se sirva recibir en ese establecimiento penal al ciudadano: NAZARETH MARTINEZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.890.188. CUARTO: cursa al folio seis (06) al folio siete (07) de la tercera pieza de la respectiva causa Auto de fecha 27 de Julio de 2004 en donde se ordeno suspender la presente causa y su reanudación una vez que sean capturados los acusados Up Supra mencionados y puestos a la orden de este Tribunal en cuya oportunidad se procederá a fijar Acto correspondiente en la presente causa. Ahora bien, tal como se evidencia de lo antes transcrito habiendose librado Boletas de Capturas a los ciudadanos: LENIN JESUS FIGUERA FIGUEROA Y JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO, y encontrándose detenido en el Centro Penitenciario Régión Capital Yare II, el ciudadano: JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO estando en la presente causa la celebración del Juicio Oral y Público para el día 15-07-2004, la cual no se celebró en esa fecha y no habiendose celebrado hasta el día de hoy en virtud del auto acordado por este Tribunal, por auto de fecha 27 de Julio de 2004, la suspensión de la misma , hasta sean capturados los ciudadanos. Quien aqui le toca decidir aprecia: Que en virtud de tal decisión de suspención del presente proceso se ha perjudicado actualmente injustamente al ciudadano: JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO, el cual tiene derecho al acceso de la justicia de manera oportuna y breve, sin dilaciones indebida de conformidad con lo establecido en el artículo 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los articulos 1, 7, 8, 9, 10, 12 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de ello, a los fines de garantizar tales derechos y lograr una sana y breve administración de justicia, con vista al Debido Proceso, se acuerda reanudar las presentes actuaciones con respecto al ciudadano: JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO, detenido en el Centro Penitenciario Región Capital Yare II, y en consecuencia fijar oportunidad para la celebración del Juicio Oral en la presente causa seguida al Up Supra mencionado acusado, para el día 17-08-2004 a las 11:30 a.m., asi mismo por cuanto en virtud de su comparecencia por ante esta sala para ser impuesto de la decisión dictada en su contra en fecha 12-08-2004 se acuerda separar y compulsar de las presentes actuaciones en lo que respecta al ciudadano: LENIN JESUS FIGUERA FIGUEROA cuya causa con respecto a los mismos continuara suspendida, en estado de celebrarse el Juicio Oral y Público, hasta tanto se lleve a cabo la captura del mismo, cuya orden se ordena ratificar en este Acto, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 73 y 74 Ejusdem, en lo que tales dispositivos sean aplicables al caso de marras, a los fines de la consecución y celebración del Juicio Oral y Público al ciudadano: JESUS DE NAZARETH MARTINEZ CORDERO, anteriormente identificado, asi se decide. Notifiquese de la presente decisión a las partes. Ratifiquese el oficio N° 926-04 de fecha 27-07-2004 dirigido al Jefe de la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones, Cientificas, Penales y Criminalisticas, con sede en Caracas. Librese Boleta de traslado a los fines de imponerlo de la presente decisión. Notifiquese a la Defensa Privada. Compúlsese las prsentes actuaciones. Es todo. Cúmplase.
JUEZ PRIMERO DE JUICIO



DRA. ARLENIS ESCALANTE