REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTACIA EN LOS CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, trece (13) de diciembre de 2004

194° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por la ciudadana ROSAURA PARADA VIELMA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.843.971, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ROSAURA PARADA VIELMA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.843.971, sobre las mejoras y bienhechurias construidas en un LOTE DE TERRENO DE SU PROPIEDAD, UBICADO EN EL SECTOR DENOMINADO “LA MATICA”, ENTRE LA CALE BUENA VISTA Y LA CALLE FEDERACIÓN, N° 192-2, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO, ESTADO MIRANDA. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado SHIRLEY ABAD, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.162. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,


HUMBERTO J ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


EXP. N° 40.671
HJAS/ICBC/bd*