REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciséis (16) de diciembre de dos mil cuatro (2.004).
194º y 145º

Vista la diligencia que antecede, de fecha 30 de noviembre del año en curso, suscrita por la abogada OTILIA HERNÁNDEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.865, mediante la cual solicita a este Tribunal se decrete medida preventiva de embargo sobre un apartamento propiedad del demandado, en consecuencia se ordena abrir cuaderno de medidas en esta misma fecha. Cúmplase.-
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

Nota: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 24.363







JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciséis (16) de diciembre de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°

Se abre el presente cuaderno de medidas en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), sigue ante este Tribunal ROSEANT ALEXANDRA WALKER RODRIGUEZ contra JORGE ALBITO RODRIGUEZ MESA, a fin de proveer sobre la medida de embargo preventivo solicitada en diligencia de fecha 30 de noviembre de 2004. En este sentido, el tribunal a los fines de proveer sobre la medida solicitada hace previamente las siguientes consideraciones: el articulo 646 del Código de procedimiento Civil establece que: “Si la demanda estuviere fundada en instrumento público, instrumento privado reconocido o tenido legalmente por reconocido, facturas aceptadas o en letras de cambio, pagarés, cheques, y en cualesquiera otros documentos negociables, el Juez a solicitud del demandante, decretará embargo provisional de bienes muebles, prohibición de enajenar y gravar inmuebles o secuestro de bienes determinados…” (Negritas del tribunal). En consecuencia este Juzgado, Niega expresamente la solicitud de medida de embargo preventivo de bienes inmuebles propiedad del demandado por improcedente. Y así se declara.-
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA,


ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

HJAS/ICBC/magaly
Exp. N° 24.363