REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciséis (16) de diciembre de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Visto el anterior libelo de demanda de Reconocimiento y Partición de Comunidad Concubinaria, así como los recaudos que lo acompañan, proveniente del Juzgado Distribuidor, presentado ante éste por la ciudadana INDIRA NIEVES MONTOYA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.876.357, asistida por la abogada NEFERTITIS RIAL, el tribunal le da entrada en los libros respectivos bajo el N° 24.813, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese al ciudadano RICHARD MANUEL HERNÁNDEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.299.389, para que comparezca ante este Tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, más un (01) día que se le concede como término de la distancia, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y la 1:30 p.m. Compúlsese el libelo de la demanda, con inserción del presente auto y con orden de comparecencia al pie, entréguese al alguacil encargado de practicar la citación. En cuanto a las medidas solicitadas, el tribunal proveerá las mismas por auto y cuaderno separado. Líbrese compulsa.
EL JUEZ


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA


LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En la misma fecha se deja expresa constancia que faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA,

EXP. N° 24.813
HJAS/ICBC/bd*