REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dos (02) de diciembre de dos mil cuatro (2.004).
194º y 145º
Vistas las actuaciones que anteceden provenientes del sistema de distribución, presentadas por la ciudadana NANCY MARGARITA MORO PARADA, debidamente asistida de abogado, en donde consta la evacuación de testigos por el presentada ante el Juzgado del Municipio Andrés Bello esta misma circunscripción judicial, en la cual rinden declaración los ciudadanos EUSEBIA DAMASENA MACHADO URBINA y ESTILITO JOSE PACHECO SERRANO, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 40.409. Así mismo, de una revisión de las mismas este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana NANCY MARGARITA MOROS PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.223.983, sobre unas bienhechurías, construida sobre terreno propiedad municipal, ubicada en Mamporal, sector el Mahoma del Municipio Eulalia Buroz del Estado Miranda, cuyos linderos y demás especificaciones constan suficientemente en la presente solicitud. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogado GRACIELA TAVARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.625. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Corrijase foliatura
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


Exp. N° 40.409
HJAS/ICBC/magaly