REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Quince (15) de Diciembre del Dos Mil Cuatro (2004).

194° y 145°

De la revisión a las actas procésales que conforman el presente expediente, se evidencia que la parte accionante ciudadana: VILMA ANTONIA CARRASQUERO procedió a consignar los respectivos fotostatos, a los fines de que este tribunal procediera a la elaboración de las copias certificadas, solicitadas y acordadas en el auto de fecha 09 de Diciembre del presente año. En consecuencia se procede a la certificación de las respectivas copias y proceder a entregárselas a la parte interesada en la presente causa. CUMPLASE.
LA JUEZ

Dra. AIZKEL ORSI EL SECRETARIO

Abg. MANUEL GARCIA
En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento con lo ordenado.
EL SECRETARIO

Abg. MANUEL GARCIA

AO/ Nelsa
EXP: 393-04






El Suscrito. MANUEL GARCIA, Secretario titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Cede en Ocumare del Tuy. CERTIFICA: Que las presentes copias fotostaticas, son traslado fíel y exactos de sus originales y que corren insertas en el expediente signado bajo el N° 393-04 con motivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana: VILMA ANTONIA CARRASQUERO en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS EL CASTILLO. Ocumare del Tuy, 15 de Diciembre del 2004. Años 194º y 145º de la Independencia y Federación.





EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA
AO/nelsa
EXP: 393-04.