REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, Seis (06) de Diciembre de dos mil Cuatro (2004).-

194º y 145º

Por cuanto en fecha, 30-11-2004, mediante auto de este Tribunal, fue admitida la testimonial del ciudadano GONZALO UTRERA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 1.996.628, para la evacuación de la presente prueba se da comisión suficiente al Juzgado de Municipio Paz Castillo de la Circunscripción del Estado Miranda, con sede en Santa Lucía, a quien se ordena remitir despacho junto con oficio, con la finalidad del que el mismo tenga a bien fijar oportunidad al ciudadano antes mencionado.
CÚMPLASE.






LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.




EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.







AO/eleana*
EXP. N°360-04









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA-OCUMARE DEL TUY.
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN SANTA LUCÍA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por DESLINDE sigue el ciudadano JULIO CESAR BUSTAMANTE, contra la ciudadana ELIZABETH OCHOA VELÁSQUEZ., la Parte Actora ha promovido la testimonial del ciudadano, GONZALO UTRERA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.996.628, y domiciliado en La Lagunita, Jurisdicción del Municipio Autónomo Paz Castillo del Estado Miranda, con la finalidad de probar la propiedad y demás características del terreno que viene ocupando la ciudadana Elizabeth Ochoa Velásquez, parte demandada.
Que ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con el objeto de fijarles oportunidad para que comparezca ante ese despacho y evacuar la testimonial respectiva.-
Que han transcurrido TRES (03) día del lapso de evacuación de prueba, el cual es de treinta (30) días.
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como Apoderado Judicial al Abogado en ejercicio JOSE MANUEL OJEDA, Inpreabogado N° 16.601
Que la parte demandada tiene como Apoderado Judicial a la Abogado en ejercicio ANA MARIA HENRIQUEZ FARIAS, Inpreabogado N° 43.730.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas, previo cómputo de los días de despachos transcurridos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda sede Ocumare del Tuy, a los Seis (06) días del mes de Diciembre de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
CUMPLASE.



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.






EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N°360-04.


























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA. OCUMARE DEL TUY.

Ocumare del Tuy, 06 de Diciembre de 2004 194º y 145º
OFICIO No. 2004-588.
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN SANTALUCIA.

SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de UN (01) folio útil, comisión librada en el Juicio que por DESLINDE sigue ante este Tribunal el ciudadano JULIO CESAR BUSTAMANTE, contra la ciudadana ELIZABETH OCHOA VELÁSQUEZ, a fin de que se sirva darle cumplimiento.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI.



EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.






AO/eleana*
EXP. N°360-04.