Flor A.
Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, ocho de diciembre de dos mil cuatro.
194º y 145º
Visto el escrito presentado por los ciudadanos JULIO ABELARDO CAMPOS BLANCO, parte demandante e ISABEL ALBA RODRÍGUEZ, parte demandada, ambos asistidos por el Abogado CARLOS ESMITH CÁCERES VALERO, en la cual informan a este despacho que la demandada ISABEL ALBA RODRÍGUEZ canceló la totalidad de lo adeudado al demandante JULIO ABELARDO CAMPOS BLANCO, no teniendo nada más que reclamar por concepto del presente juicio, ni por ningún otro concepto, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 04 de noviembre de 1999. Notifíquese lo conducente al Registrador subalterno jurisdiccional.
La Juez

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria Temporal

IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

En la misma fecha se ofició bajo el Nº 0860-2244.
La Secretaria Temporal

IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ