REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 17 de Marzo de 2004, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha el ciudadano Ramón Eli Pernia Pérez, actuando con el carácter de apoderado por la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.347.604, domiciliada en Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, en la que solicita la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, quien dice que nació en el Sector Albarico, Aldea Palmario del Municipio Seboruco del Estado Táchira, el día 26 de Abril de 1953, hija de los ciudadanos ANA ASUNCION CONTRERAS y JOSE EDUARDO MORA, (fallecidos) venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.199.123 y V- 1.510.697 en su orden.----------------------------------------------
Con la solicitud fue acompañado: Poder especial otorgado por la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS, al Abogado Ramón Eli Pernia Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.027; Justificativo de testigos evacuado por ante el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Seboruco, Antonio Rómulo Costa, José María Vargas y Francisco de Miranda del Estado Táchira; Planillas Sucesorales marcada “C” y “D”; Partida de Nacimiento N° 631 perteneciente a MISTICA ROSA, Partida de Nacimiento N° 25, perteneciente a JESUS ALBERTO y N° 161 perteneciente a MARIA CELINA, expedidas por la Prefectura del Municipio Seboruco, Distrito Jáuregui del Estado Táchira; Constancia expedida por la Prefectura del Municipio Seboruco del Estado Táchira, donde hace constar que cuidadosamente como ha sido buscada la partida de nacimiento de la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS, no fue hallada no obstante esta completo el referido libro; Constancia expedida por el Registro Principal del Estado Táchira, en el mismo sentido que



la anterior; Certificación de Bautismo expedida por la Diócesis de San Cristóbal, San Pedro de Seboruco de fecha 04 de Noviembre de 2003; Acta de Matrimonio expedida por la Oficina del registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; Partida de Nacimiento N° 827 perteneciente al ciudadano Manuel José, expedida por la Oficina del Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; Partida de Nacimiento N° 1352 perteneciente a la ciudadana Lennys Teresa; Partida de Nacimiento N° 1609, perteneciente Ana Nazareth; Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana Milcer Lucena Mora de Gouveia.-------------------------------------
Se le dio entrada y el curso de Ley a la demanda, se publicó el edicto ordenado en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, se ordeno la notificación al Fiscal XV del Ministerio Público del Estado Táchira y oir la declaración de la Partera la ciudadana DAMIANA DEL CARMEN SANCHEZ RONDON.----------------------------------------------------------------------------
En fecha 21 de Julio de 2004, compareció por ante este Tribunal la ciudadana DAMIANA DEL CARMEN SANCHEZ DE RONDON, en su condición de partera, la cual declaró afirmativamente al interrogatorio a que fue sometida.-----------------------------------------------------------------------------
En fecha 27 de Julio de 2004, fue notificado legalmente el Fiscal XV del Ministerio Público del Estado Táchira.------------------------------------------
En fecha 09 de Agosto de 2004, el Abogado Ramón Eli Pernia Pérez, con el carácter de autos, consignó ejemplar de Diario “El Universal” , donde aparece publicado el edicto ordenado el cual fue agregado a los autos en fecha 10 de Agosto de 2004.---------------------------------------------------------------
En fecha 01 de Septiembre de 2004, el Abogado Ramón Eli Pernia Pérez, actuando con el carácter de apoderado de la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS, presentó escrito de pruebas las cuales fueron agregadas y admitidas en su oportunidad. Para la ratificación y evacuación de los testigos promovida en el escrito se comisiona amplia y suficientemente al



Juzgado de los Municipios Jáuregui, Seboruco, Antonio Rómulo Costa, Francisco de Miranda y José María Vargas del Estado Táchira.------------------
En fecha 01 de Noviembre de 2004, se agregó la comisión debidamente cumplida recibida del Juzgado de los Municipios Jáuregui, Seboruco, Antonio Rómulo Costa, Francisco de Miranda y José María Vargas del Estado Táchira.—
En fecha 30 de Noviembre de 2004, el Abogado Ramón Eli Pernia Pérez, consignó en (02) folios útiles constancias en donde la ciudadana MILCER LUCENA MORA CONTRERAS, se desempeña como decente de Aula IV y recibo de pago con 25 años de servicio, expedidas por la Sub-Directora del Pre-Escolar Lazo Martí de Calabozo, Estado Guarico.-----------------------------
Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya relacionados y por cuanto no hubo oposición alguna, La JUEZ llega a la conclusión que esta acción es procedente y ASI SE DECIDE.-------------------
Por los motivos expuestos, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presenta demanda. En consecuencia queda formalmente establecido que la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.347.604, nació en el Sector Albarico, Aldea Palmario del Municipio Seboruco del Estado Táchira, el día 26 de Abril de 1953, hija de los ciudadanos ANA ASUNCION CONTRERAS y JOSE EDUARDO MORA, (fallecidos) venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 3.199.123 y V- 1.510.697 en su orden.----------------------------------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante la Prefectura del Municipio Seboruco del Estado Táchira, durante el presente año para que en lo sucesivo le sirva de Partida de Nacimiento a la ciudadana MILCER LUCEDA MORA CONTRERAS.--------------
Publíquese y Regístrese.------------------------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de



la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los ocho días del mes de Diciembre del dos mil cuatro. AÑOS 194º de la Independencia y 144º de la Federación.-----------------------------------------------------------------------------------

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las once de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.------------

Iraly Jocelyn Urribarri Diaz
Secretaria Temporal
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